La Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional[1] ,  al referirse  al crimen organizado lo define como el grupo estructurado de tres o más personas, con existencia durante cierto tiempo y que actúa concertadamente con el propósito de cometer uno o más delitos graves o delitos tipificados, con miras a obtener, directa o indirectamente, un beneficio económico u otro beneficio de orden material, denominándolo para términos de la Convención como “grupo delictivo organizado”. La referencia al “beneficio económico u otro beneficio de orden material”, tiene por finalidad excluir a los grupos con motivos exclusivamente políticos o sociales



[1] ORGANIZACIÓN DE NACIONES UNIDAS –ONU. “Guía legislativa para la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional”. Disponible en: https://www.unodc.org.