Con la vigencia de la Ley Nº 1173 de Abreviación Procesal Penal y de Fortalecimiento de la Lucha Integral
Contra la Violencia a Niñas, Niños, Adolescentes y Mujeres, se modifica el Art. 327 del Código de
Procedimiento Penal, y se incorpora reglas más claras y específicas sobre la aplicación y la procedencia de
la conciliación, procurando con estas modificaciones una administración de justicia más eficiente y eficaz. A
partir de la implementación de la citada Ley, los Fiscales de Materia deben promover la conciliación entre las
partes desde el primer momento del proceso y hasta antes de la emisión del requerimiento conclusivo,
instituyéndose de esta manera la conciliación en sede fiscal como un medio de solución inmediata de
conflictos y de acceso directo a la justicia, como primera actuación procesal, la cual se concreta a través del
Fiscal de Materia.

Asimismo la creación de Unidades de Conciliación a nivel nacional y en todas las ciudades capitales de
departamento, con veinte (20) Fiscales Asistentes Conciliadores, ha permitido el desarrollo de procesos
conciliatorios en procura de propiciar la comunicación entre víctima y ofensor con la finalidad de resolver sus
diferencias por medio de un acuerdo mutuamente satisfactorio y auto compositivo, con la presencia de las
partes y los Fiscales Asistentes Conciliadores, con base a sus competencias, habilidades, técnicas y
conocimientos especializados

Por los elementos glosados, la Escuela de Fiscales del Estado, como organismo académico del Ministerio
Público, en coordinación con la Dirección de la Fiscalía Especializada en Delitos Patrimoniales y Solución
Temprana, cumpliendo con su objetivo de formación y capacitación de las servidoras y servidores del
Ministerio Publico, presenta el:
CURSO DE FORMACIÓN: INDUCCIÓN A LA FUNCIÓN DE FISCALES
CONCILIADORES EN EL ÁREA PENAL 4TA. VERSIÓN
, el presente programa de capacitación, pretende
fortalecer las competencias del ejercicio profesional que deben adquirir cada uno de los participantes en el
proceso de formación, que tiene la premisa de ofrecer elementos que subyacen a sus bases teóricas para
abordar la temática desde su riqueza y su pluralidad, asociado ello a las problemáticas actuales que supone
su aplicación en la función fiscal en materia de conciliación, el programa de capacitación desarrollará
establecer estrategias, técnicas, procedimientos y pautas de intervención, para la aplicación de Salidas
Alternativas, con especial énfasis en la Conciliación Penal, promoviendo la Justicia Penal Restaurativa.